Categoría: LOCALES

Canasta escolar: con un aumento del 48 por ciento, ¿cómo afecta en La Matanza?

Con las clases presenciales cada vez más cerca, en este informe te contamos qué es lo que más aumentó en las librerías en La Matanza.

Los productos importados tuvieron más aumento que los nacionales, abarcan entre el 35 y el 40 por ciento. Los precios son variados, los lápices negros, de primera marca, están a 20 pesos; sacapuntas a 18; cuadernos de 50 hojas, tapa blanda, 75 pesos; 12 lápices largos, 125, un café en Palermo cuesta lo mismo y te dura cinco minutos, los lápices todo el año. Se gastan mil pesos para poner un chico en la escuela.

 

Los clientes anticipan que las compras serán limitadas este 2021.

Según un estudio privado, la canasta escolar 2021 llega con aumentos de hasta el 48 por ciento, muy por encima de la inflación interanual. A la espera del regreso a las escuelas, las familias deberán elegir ahora entre las compras controladas y el ingenio para reinventar útiles usados.

DATOS SUMINISTRADOS POR EL NACIONAL MATANZA.

CONCERTACION TOAS

Calendario Ruta del TOAS

 

Cada día se suman más veteranos que visibilizaran la historia oculta del Conflicto del Atlantico Sur (1982)

 

 

EN AM 1190 CHARLAMOS CON RUBEN OBREGON  VETERANO MATANCERO DE MALVINAS QUIEN VIENE LUCHANDO HACE CASI 2 AÑOS POR LOS DERECHOS DEL TOAS ESCUCHA LA NOTA :

 

Luis Robledo acusado de vender y transportar «cocaína liquida» a Alemania.

Luis Robledo, el chico detenido ayer por la Policía Federal en Isidro Casanova, acusado de vender y transportar «cocaína liquida» a Alemania.

“Mi hermano es inocente y no nos permiten presentar las pruebas”
Así lo aseguró en las redes sociales Lorena, la hermana de Luis Robledo, el chico detenido ayer por la Policía Federal en Isidro Casanova, acusado de vender y transportar «cocaína liquida» a Alemania.

Por Matanza Digital -29 de enero de 2021

Agentes federales de la División Investigación Federal de Fugitivos y Extradiciones del Departamento Interpol, detuvieron ayer en Isidro Casanova a Luis Robledo, un vecino de Gregorio de Laferrere al que la justicia acusa por “Violación a la Ley de Estupefacientes”, pesa una orden de Captura Internacional a pedido de las autoridades judiciales de la República Federativa de Alemania.

Según fuentes oficiales, a Robledo se lo acusa de haber vendido y transportado grandes cantidades de cocaína desde Argentina y Uruguay hacia Alemania, despachando vía encomienda ropa embebida en cocaína líquida.

Tras enterarse de la detención, su hermana, Lorena Robledo, docente y vecina matancera publicó en las redes sociales un pedido de ayuda para que “la justicia nos escuche y poder demostrar la inocencia” de su hermano.

En comunicación con MatanzaDigital.ar, Tamara M.; amiga y vecina de la familia Robledo comentó que “Beto, como le decimos a Luis, hace veinte años que trabaja como repartidor para ‘La Serenísima’. Él es un laburador, no es ningún prófugo ni narcotraficante”.

A su vez declaró que Robledo es injustamente acusado de “mandar una encomienda de ropa lavada en cocaína liquida, hace diez años, a Alemania. Es lo único que sabemos”. “El día que lo detuvieron, antes de que lo intercepte Interpol, Luis fue a la comisaría a denunciar que un auto blanco lo estaba siguiendo. Tambien le aviso a su hermano para que tenga cuidado”, comentó.

“A la familia le dieron 40 días para presentar una prueba y si no lo hacen lo van a extraditar a Alemania para enjuiciarlo allá”, concluyó Tamara.

Por su parte, Luna Robledo, hija de Luis, también publicó en las redes sociales un pedido de ayuda y denunció que a su papá “le robaron la identidad” y que “jamás tuvo pasaporte y jamás salió del país”.

Según pudo averiguar MatanzaDigital.ar, a Luis Robledo fue trasladado hace unas horas al penal de Devoto.

Datos suministrados por Gabriel Caceres Periodista

 

Siempre lo Mismo , otra vez se quedo varado en el camino «El 86 «

OTRO GOLPE A LOS USUARIOS DE LA LINEA 86 TESTIGOS ASEGURAN QUE CADA UN MES SE ROMPE UN COLECTIVO EN LA RUTA

Vanesa, ella es usuaria de la linea 86 de lunes a viernes  Gonzalez Catan hasta Primera Junta, ese camino lo hace a la mañana con la linea 180 , 155, 630 y sin problemas. Pero a la vuelta hacia su casa cominzan las oraciones y ruegos para que no se rompa el 86.

Una vez mas vecinos de la matanza se quedan colmándose de paciencia, tragando una vez mas la bronca que, «empresarios DE ALGUNAS LINEAS  dicen que originando esta información, ponemos al usuario en contra de los choferes; porque convengamos que los colectivos de la linea 86 desde hace años deja a sus usuarios en los caminos por una dejadez en los coches.

MUCHOS AÑOS DE DESCUIDO A LOS USUARIOS, DE VARIAS FORMAS ENTRE ELLAS COLECTIVOS QUE SALEN A LA CALLE TOTALMENTE DESTRUIDOS.

 

Desidia para la gente de Gonzalez Catan y alrededores

Quien permite estos abusos hacia los vecinos que van a atenderse al Simplemente Evita del km 32 ?

 

 

Gonzalez Catan amanece con un lunes 4 de enero del 2021 sin respuestas de parte de los directivos del Hospital Simplemente Evita del km 32 de Gonzalez Catan. cuando vecinos se acercaron, algunos desde anoche, otros desde horas muy tempranas.

Como que el COVID-19 hubiera acabado con las demas enfermedades, y no existieran otras. Personas con diferentes patologías  se hicieron presente en el  Hospital Zonal General de Agudos Gonzalez Catán Km.32 “Simplemente Evita” situafddo en  Dr. Equiza N° 6310 – González Catán, inagurada  en febrero de 2003, y mas alla de la devastación del gobierno macrista, años mas tarde no se vieron mejoras en gobiernos anteriores.

Con una pésima atención, los vecinos reclamaban sus derechos a ser atendidos. Si bien algunos comentarios dicen que el hospital zonal de agudos, atenderían bien a la gente, son pocos estos comentarios. La mayoría son quejas hacia el nosocomio.

 

 

 

 

Junta Vecinal Km 47 PLaza Ara San Juan

Con el sacrificio de un puñado de vecinos de Virrey del Pino mas exactamente del kilómetro 47, se acondiciono la plaza Ara San Juan. Un lugar para todos, pero sobre todo para los chicos que tanto bien les hace después de tanto encierro.

El Proyecto de hacer una plaza para la comunidad toda, sería breve mente interrumpida por otro puñado de vecinos quienes no tenían las mismas intenciones.

Se tomaron el mismo esfuerzo o mas, pero en romper lo trabajado con amor por los vecinos. Sin Embargo, La Junta Vecinal no bajo los brazos y reconstruyeron todo nuevamente.

La Plaza Ara San Juan necesita no solo de la Junta Vecinal Ara San Juan, sino también de todos los vecinos de Virrey Del Pino.

EN «Y POR AHI SIRVE» PROGRAMA RADIAL QUE SE EMITE EN AM 1190 Y EN EL «FORO MATANZERO»

CHARLAMOS CON REFERENTES DE LA JUNTA VECINAL KM 47 ARA SAN JUAN

LA PRIMERA NOTA QUE VAS A ESCUCHAR ES DE NATALIA TORRES REFERNTE DE LA JUNTA VECINAL 

LA PROXIMA CHARLA QUE VAS A ESCUCHAR DE LA REFERNTE DE LA JUNTA VECINAL SILVIA PEREYRA

LA PLAZA ARA SAN JUAN NECESITA DE LA UNION DE SUS VECINO Y LA COLABORACIÓN DE TODOS PARA UN BIENESTAR UNIFICADO Y SOLIDO

 

 

 

 

Asociación Civil Club Social y Deportivo Fernando Caceres

Fernando Caceres charló con Jorge Vergara del programa radial «Y por ahí sirve que va por la Am1190 y también para el Foro Matanzero, diario digital online, de su pasion por el futbol y el deseo de aportar su valioso granito de arena a la sociedad poniendo una pelota en los pies a los chicos e intentar de sacarlos del peligro y las influencias de las calles.

De izquierda a derecha : Mario Gonzalez , Fernando Caceres, Ricardo Argañaraz.

Fernando tiene un humor exelente; el cual, hizo que la charla fuera mas que amena y relajada. Nos contó de su visión sobre la vida y de como gambetear las complicaciones de la misma.

escucha la nota : dijo Fernando «YO SOY FUTBOLISTA LO QUE PASA ES QUE NO ME QUIEREN CONTRATAR, ELLOS SE LO PIERDEN» asi arranca practicamente la nota

Tambien charlamos con Ricardo Argañaraz secretario de Club Fernando Caceres. Hombre abocado a la construccion del Predio pudimos charlar un ratito ya que andaba muy ocupado en las tareas de  construcción y esto nos decía :

REUNIDOS CON AMIGOS Y CONTRIBUYENTES DEL CLUB ALMORZARON JUNTOS UN BUEN ASADITO DE CAMPO JUNTO A CRISTIAN MONTIEL PRESIDENTE DE LA COOPERATIVA DE TRABAJO LA FORESTA EX FRIGORIFICO LA FORESTA

QUIEN NOS DECÍA LO SIGUIENTE :

 

 

WALTER MENDOZA DE LA FERIA DE ORO VERDE

Hoy Feriantes de Oro Verde se hicieron  Presente en el Palacio municipal de San justo en reclamo de la regularización de la Feria.

 

Walter nos contaba lo siguiente, escucha la primera parte de la nota :

Ya varias veces fueron desalojados, situacion muy parecida a la de los feriantes de Gonzalez Catan

segunda parte de lo que nos contaba walter :

Desarrollo completo de lo que nos decia Walter :

Comprar Cosas Robadas: El Delito De Receptación

Receptación, se entiende por receptar la ocultación o encubrimiento de los efectos del delito. El delito de receptación es por tanto un delito precedido de otro. Este delito anterior ha de ser un delito dirigido contra el orden patrimonial o socioeconómico.
Existe una gran oferta de cosas robadas. Si no tienes cuidado con lo que compras podrías verte involucrado en un procedimiento penal por un delito de receptación.

DELITO DE RECEPTACION: COMPRAR COSAS ROBADAS

 

Uno de los principios absolutos que rigen un Estado de Derecho como el nuestro es que la ignorancia de la ley no te exime de su cumplimiento. Aunque también veremos que las verdades categóricas no existen.

Lo primero de todo es explicar en qué consiste el delito que podrías estar cometiendo por comprar cosas robadas o con un origen ilícito.

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL DELITO?

 

El artículo 298 del Código Penal es el encargado de su regulación. Según el cual se comete delito de receptación cuando:

  • Una persona con ánimo de lucro (no tiene por qué ser económico, vale el mero disfrute o placer por adquirir el objeto)
  • y con conocimiento de que se ha cometido un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico (robo, apropiación indebida, etc)
  • en el que no haya participado (ni como autor ni como cómplice)
  • ayude a los responsables (del delito previo) a aprovecharse de los efectos del mismo (objetos robados, por ejemplo)
    • o reciba, adquiera u oculte tales efectos.

      Artículo 298

      1. El que, con ánimo de lucro y con conocimiento de la comisión de un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, en el que no haya intervenido ni como autor ni como cómplice, ayude a los responsables a aprovecharse de los efectos del mismo, o reciba, adquiera u oculte tales efectos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años.

      Se impondrá una pena de uno a tres años de prisión en los siguientes supuestos:

      a) Cuando se trate de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.

      b) Cuando se trate de cosas de primera necesidad, conducciones, cableado, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico o de servicios de telecomunicaciones, o de otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general, productos agrarios o ganaderos o de los instrumentos o medios que se utilizan para su obtención.

      c) Cuando los hechos revistan especial gravedad, atendiendo al valor de los efectos receptados o a los perjuicios que previsiblemente hubiera causado su sustracción.

      Como vemos, hay una serie de requisitos que deben cumplirse para que puedan acusarnos de un delito de receptación. La modalidad que a nosotros nos interesa es la que hemos identificado con el requisito 5: “recibir, adquirir u ocultar” aquellos objetos que provienen de un delito previo. Por lo que no vale sólo con comprar algo robado, debemos tener conocimiento de que se ha cometido un delito.

      ¿QUÉ SE ENTIENDE POR “CONOCIMIENTO DE LA COMISIÓN DE UN DELITO”?

    • Esta pregunta no podemos responderla sólo con el Código Penal. Cuando nos encontramos con un concepto jurídico, los encargados de explicarlo son los jueces y, especialmente, el Tribunal Supremo.

      El conocimiento que se exige no tiene por qué ser tal, basta con una certeza sobre su procedencia ilícita. Es decir, que no se exige que tengamos un conocimiento absoluto de cómo se ha producido el delito, ni siquiera que sepamos qué delito. Lo único que se necesita es que tengamos una idea cierta de que el objeto proviene de un delito.

      INDICIOS EN LA COMPRA DE COSAS ROBADAS.

    • ¿Y cómo un juez puede decidir lo que sabemos o lo que no? Pues el Tribunal Supremo establece que se valorará mediante indicios.

      Los indicios son aquellos elementos que permiten deducir la concurrencia de otra circunstancia lógica. Algunos de estos indicios son la clandestinidad en la compra (en un lugar que no sea público o esté escondido) o un precio vil o ínfimo, es decir, un precio ridículamente bajo. Todo esto hace pensar que el vendedor quiere deshacerse del producto con urgencia, posiblemente por su origen ilícito.

      ¿QUÉ OCURRE SI TE ACUSAN DE RECEPTACIÓN?

 

  • Lo primero que hay que saber es que en el caso de que te acusaran de un delito de receptación podrían imponerte una pena de prisión de 6 meses a 2 años. Pero, además, si los objetos robados son de valor artístico o cultural, son cosas de primera necesidad o relativas a servicios de interés general, o revistan especial importancia en función del valor, la pena iría de 1 a 3 años. Aun así el propio Código Penal limita la pena máxima a la que correspondería al delito previo.

    Si al final y después de haber puesto toda el cuidado posible acabas por comprar algo robado, podrías alegar un error de tipo. Sin embargo, si a sabiendas de que el producto que quieren venderte es robado, lo compras porque no sabes que eso es un delito, podrías alegar un error de prohibición. Ambos conceptos aparecen recogidos en el artículo 14 del CP.

  • Artículo 14

    • El error invencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error, atendidas las circunstancias del hecho y las personales del autor, fuera vencible, la infracción será castigada, en su caso, como imprudente.
    • El error sobre un hecho que cualifique la infracción o sobre una circunstancia agravante, impedirá su apreciación.
    • El error invencible sobre la ilicitud del hecho constitutivo de la infracción penal excluye la responsabilidad criminal. Si el error fuera vencible, se aplicará la pena inferior en uno o dos grados.

       « NO SABÍA QUE ERA ROBADO.»

    • Esta frase es lo mismo que decir que has sufrido un error de tipo del artículo 14.1.

      Concretamente, concurre un error de tipo cuando la persona desconoce todos o alguno de los elementos de un delito. Por lo que si desconocías que el objeto era robado, ni había indicios para pensar que lo fuera (un precio normal o una venta de lo más común), faltaría el componente del conocimiento del delito previo. Esto haría que no pudieran sancionarte.

      «NO SABÍA QUE ESTABA PROHIBIDO COMPRAR COSAS ROBADAS.»

      Sin embargo, a veces aun que podamos pensar que el objeto es robado, desconocemos que comprarlo es un delito tipificado por el Código Penal.

      En este caso, estaríamos hablando de un error de prohibición del artículo 14.3 del CP. Este tipo de error se da cuando la persona ignora que esa conducta es un delito. Por lo que si no hubiéramos podido saber de ninguna manera que comprar cosas robadas es un delito, supondría que tampoco podrían sancionarnos.

      Si quieres evitar acabar involucrado en una situación como esta, sólo tienes que fijarte en una serie de señales muy importantes. Comprar con seguridad no es tan difícil como piensas.